La institución aclara que no está autorizada a usar armamento en sus funciones cotidianas.
Luego de que se aprobara una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, surgieron versiones que señalaban que el personal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría portar armas. Sin embargo, la institución desmintió oficialmente esta información.
Aclaración ante rumores
A través de un comunicado, el SAT dejó claro que ningún trabajador de la dependencia será armado para ejercer sus funciones fiscales. La aclaración llega en medio de interpretaciones erróneas sobre el alcance de la reforma, que sí permite la portación de armas a otros organismos, como la CFE o Banxico, en situaciones específicas.
Licencia limitada y sin uso operativo
Si bien el SAT posee una licencia colectiva otorgada por la Sedena, esta tiene usos estrictamente limitados y no aplica para las tareas diarias de recaudación o inspección. La dependencia remarcó que su operación continuará bajo los lineamientos civiles y administrativos establecidos.
La confusión ha sido descartada: el SAT no se convertirá en una corporación armada, y su función seguirá siendo estrictamente fiscal.